El 3 de enero del 2024, el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Medio Ambiente y Recursos Naturales y el Comité Consultivo Nacional de Normalización de la Secretaría de Economía publicaron la Norma Oficial Mexicana NOM-163-SEMARNAT-SCFI-2023, Emisiones de bióxido de carbono (“CO2”) provenientes del escape, aplicable a vehículos automotores nuevos de peso bruto vehicular de hasta 3,857 kilogramos (la “NOM”).
La NOM es aplicable a vehículos automotores nuevos de peso bruto vehicular de 400 y 3,857 kilogramos que utilizan como combustible gasolina, diésel o combustibles alternos, así como a los vehículos híbridos, híbridos conectables, eléctricos, de rango extendido o de celda de combustible cuyo año modelo sea anterior a 2028 y que se comercialicen dentro del territorio nacional.
Del campo de aplicación de la NOM, se exceptúan a los vehículos de peso bruto vehicular menor a 400 kilogramos, los destinados exclusivamente a circular en vías pavimentadas delimitadas como pistas de carreras, aeropuertos, pistas de go-karts, entre otros; los que se utilizan en labores agrícolas, terrenos montañosos, desérticos, playas o vías férreas, así como a las motocicletas, tractores agrícolas o maquinaria dedicada a actividades de las industrias de la construcción y minería.
Como objetivo principal, la NOM establece los parámetros y la metodología para el cálculo de los promedios corporativos meta y observado de las emisiones de bióxido de CO2 expresados en gramos de bióxido de carbono por kilómetro (g CO2/km) y su equivalencia en términos de rendimiento de combustible, expresado en kilómetros por litro (km/l).
Algunos de los puntos a destacar de la NOM incluyen:
- La referencia a la regulación sobre emisiones de bióxido de CO2 de Estados Unidos de América, lo que significa que los vehículos automotores nuevos sujetos a la nueva NOM son aquellos de año modelo anterior al 2028.
- El aumento en la exigencia de los niveles de emisión de CO2 para evidenciar el cumplimiento con la NOM y la posibilidad de generar créditos, incluyendo un cuarto criterio de aceptación consistente en un mecanismo de compensación. Dicho mecanismo consta de aportaciones económicas para llevar a cabo proyectos en materia de cambio climático a definirse por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
- Nuevos apéndices informativos respecto de la eficiencia de los sistemas de aire acondicionado y refrigerantes de los vehículos.
- Dos apéndices normativos nuevos relativos al mecanismo referido en el numeral 2., anterior y la transferencia de créditos excedentes entre corporativos.
Next steps
La NOM entrará en vigor el 2 de julio del 2024 cancelando la NOM-163-SEMARNAT-ENER-SCFI-2013, "Emisiones de bióxido de carbono (CO2) provenientes del escape y su equivalencia en términos de rendimiento de combustible, aplicable a vehículos automotores nuevos de peso bruto vehicular de hasta 3 857 kilogramos" actualmente en vigor.
Elaborado por:
Mauricio Llamas, Mauricio Villegas, Sofía de Llano, Santiago Contró y Sofía Alvarez