Propuesta de Reforma a la Ley General de Sociedades Mercantiles en Materia de Asambleas Telemáticas

En fechas recientes, la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad de la Cámara de Diputados hizo público su dictamen a la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicional diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles. La reforma dictaminada tiene por objeto el regular a nivel legislativo ciertas tendencias que han comenzado a formar parte de la vida corporativa cotidiana, al permitir expresamente la reunión virtual de socios, accionistas y órganos de administración de las entidades mercantiles, a través de medios tecnológicos.

Recientemente, la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión emitió su dictamen a la iniciativa de reforma presentada el 15 de diciembre de 2021 en materia de asambleas telemáticas.

El fondo de la iniciativa en comento es el regular y permitir la presencia virtual o remota en asambleas de accionistas o socios, así como del órgano de administración de las sociedades mercantiles, otorgando a dicha presencia remota una equivalencia a la presencia física.

Si bien durante la pandemia muchos órganos societarios a lo largo del país hicieron uso de medios tecnológicos para poder reunirse y adoptar decisiones que permitieron la continuidad de la vida social, esto se hizo sin un soporte legal robusto en los diferentes ordenamientos aplicables.  Esta reforma pretende generar certeza jurídica a los diferentes cuerpos societarios al reconocer expresamente la validez de aquellas reuniones que, por una variedad de motivos, ocurran total o parcialmente a través de medios tecnológicos.

Finalmente, se aclara que esta iniciativa de reforma aún no es aprobada por el pleno de la Cámara de Diputados, por lo que es posible que sufra adiciones o modificaciones como parte del proceso legislativo.  No obstante, el dictamen de la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad de la Cámara de Diputados ha sido favorable y dicha Comisión ha recomendado la aprobación de la reforma tal y como ha sido propuesta. Siguientes Pasos

Las entidades mercantiles que, en caso de aprobarse dicha reforma, incorporen los preceptos aprobados en sus estatutos sociales, deberán tener cuidado de regular de manera específica el mecanismo de convocatorias y la publicación de las mismas.  Esto será relevante al existir la posibilidad de asistencia virtual a las asambleas o sesiones de la sociedad, ya que se deberá revestir esta posibilidad con otros temas como la documentación adecuada de las asambleas y sesiones, así como de las convocatorios respectivas, para no generar vacíos estatutarios y evitar problemas que puedan poner en riesgo la sana convivencia social.

En Hogan Lovells continuaremos dando seguimiento puntual a las propuestas de reforma que permitan o tengan como intención el regular la presencia virtual en las diferentes estructuras corporativas.

 

Authored by Juan Francisco Torres Landa, Ángel Dominguez de Pedro y Pablo Corcuera.

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